La Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas ha dado un giro decisivo a un caso que llevaba años estancado. En una resolución fechada el 24 de noviembre, este órgano ha estimado íntegramente el recurso de apelación presentado por ACOM – Acción y Comunicación sobre Oriente Medio, revirtiendo el archivo previo del procedimiento y ordenando que continúen las investigaciones. "Existen claros indicios de existencia de alcance contable", señala el Tribunal en el Auto 15/2025, según un comunicado.
Una red de convenios sin justificar
El caso afecta directamente al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid —gobernado por Más Madrid, PSOE e Izquierda Unida—, cuya gestión de fondos públicos destinados a entidades que operan en territorios bajo control de la Autoridad Palestina ha quedado en entredicho. La resolución subraya que el consistorio no ha aportado documentación justificativa alguna sobre el destino de los 357.445 euros entregados mediante 17 convenios de colaboración firmados desde 2018.
Las tres organizaciones receptoras —"Pallasos en Rebeldía de Madrid" (244.500 euros), "Kanbahiota" (91.192 euros) y "Guanaminos sin Fronteras" (21.753,09 euros)— figuran en todos los casos sin que el Ayuntamiento haya registrado de forma fehaciente cómo se emplearon los fondos. El Tribunal es especialmente explícito: "Ninguno de los documentos aportados acredita cuál fue el concreto destino dado a los fondos públicos".
El pronunciamiento desmonta las afirmaciones del consistorio, que aseguraba haber entregado "informes técnicos de cumplimiento o justificación de las subvenciones". La Sala responde de forma tajante: tales informes "no constan entre la documentación aportada".
Alcance contable, no simples "irregularidades"
A mitad del texto, la Sala de Justicia aplica su jurisprudencia consolidada sobre el alcance contable, recordando que la falta de justificación del uso de fondos públicos es, por sí misma, un indicio suficiente para abrir responsabilidad. El Tribunal destaca que la percepción indebida de una ayuda pública, o la ausencia de pruebas de que se haya destinado a su finalidad prevista, constituye un supuesto de alcance, lo que eleva la gravedad del caso.
El ayuntamiento intentó limitar lo sucedido a "meras irregularidades administrativas", pero el Tribunal rechaza de plano ese argumento. Para los magistrados, el consistorio no ha demostrado en ningún momento que el dinero del contribuyente se destinara al fin público estipulado en los convenios, y por ello la investigación debe continuar.
La resolución no solo reabre el procedimiento, sino que propone el nombramiento de un Delegado Instructor encargado de realizar las actuaciones previas para esclarecer el destino del dinero. Esta fase —señala la Sala— será la que determine "si los hechos pueden ser o no generadores de responsabilidad contable", recordando que el archivo solo es posible cuando "de manera manifiesta, los hechos denunciados no revistan los caracteres de alcance".
ACOM celebra un "paso decisivo"
Desde ACOM consideran esta resolución como un hito en su batalla jurídica por la transparencia y contra lo que describen como antisemitismo institucional.
En ese sentido, el comunicado difundido por la organización de lucha contra el antisemitismo afirma: "Seguiremos tomando todas las acciones legales necesarias contra cualquier institución pública, incluidos sus responsables políticos y funcionarios, que promueva la discriminación y la animadversión al pueblo judío y al Estado de Israel, y que utilice fraudulentamente fondos públicos para tales fines".
El texto remarca que esta decisión judicial desmonta años de opacidad municipal y obliga al consistorio de Rivas Vaciamadrid a afrontar un proceso de esclarecimiento que podría derivar en responsabilidades contables. Para la organización denunciante, esta victoria no es un punto final, sino un precedente que refuerza su compromiso con la supervisión del uso de recursos públicos destinados a iniciativas vinculadas con la causa palestina.
Un fallo con implicaciones políticas
El Auto 15/2025 llega en un contexto en el que la cooperación internacional en el ámbito municipal ha sido objeto de controversia. La resolución señala de manera reiterada que el Ayuntamiento no ha aportado ni un solo documento válido que permita conocer cómo fueron utilizados los fondos. De acuerdo con la Sala, este vacío documental contradice directamente las afirmaciones oficiales del consistorio, dejando en evidencia la gestión realizada por el equipo de gobierno.
El fallo destaca que esta investigación constituye un paso decisivo hacia la eventual exigencia de responsabilidades contables. En términos prácticos, la designación de un Delegado Instructor abre la puerta a nuevas diligencias que deberán centrarse en el uso concreto de los 357.445 euros. Será esta fase la que determine si existió un uso irregular o fraudulento del dinero público, una cuestión que la Sala considera aún no esclarecida.
La resolución del Tribunal de Cuentas concluye con un mensaje firme: el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid deberá responder ante las dudas sobre la opacidad y el posible uso fraudulento de cientos de miles de euros procedentes de fondos municipales. Para ACOM, esta no es una batalla aislada, sino parte de una estrategia más amplia "por la transparencia, la legalidad y contra el antisemitismo institucional" ▪
