Tribunales

La Audiencia Nacional admite a trámite el recurso de ACOM contra la Agencia Tributaria por discriminación

El recurso presentado por ACOM se dirige contra la Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de 23 de diciembre de 2025, publicada en el Boletín Oficial del Estado, que desarrolla el Real Decreto-ley 10/2025 y ordena un listado "ideológico" de códigos postales israelíes.
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Actualizado el 30/1/2026, 15:11 hs.

La Audiencia Nacional ha abierto la puerta al control judicial de una resolución de la Agencia Tributaria que, según ACOM, introduce una discriminación específica contra Israel y contra actividades vinculadas a ese país. El tribunal ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la asociación, un paso que permite examinar en sede judicial una actuación que la entidad considera arbitraria, ideológicamente motivada y contraria al marco constitucional.

El recurso presentado por la Asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM) se dirige contra la Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de 23 de diciembre de 2025, publicada en el Boletín Oficial del Estado, que desarrolla el Real Decreto-ley 10/2025. Según ACOM, dicha norma se sustenta en la acusación de un supuesto "genocidio" en Gaza, una imputación que la asociación califica de falsa y políticamente instrumentalizada.

La entidad sostiene que esta acusación se apoya en una retórica falaz, de carácter abiertamente antisemita, construida sobre cifras irreales y no verificables procedentes de una organización terrorista, y que se articula además sobre la narrativa del denominado "Territorio Palestino Ocupado", presentada como un consenso jurídico internacional cuando, según ACOM, se trata en realidad de territorios en disputa, como ocurre en numerosos conflictos territoriales en todo el mundo ante los que el Gobierno español no ha adoptado medidas similares.

Una resolución con efectos tributarios y aduaneros

Sobre esta base ideológica y jurídica que ACOM considera profundamente cuestionable, la resolución impugnada ordena la elaboración y aplicación de un listado oficial de localidades y códigos postales israelíes, con efectos directos en materia tributaria y aduanera. Para la asociación, esta medida introduce una discriminación específica contra Israel y contra actividades vinculadas a dicho país.

ACOM entiende que no se trata de una mera ejecución técnica, sino de un uso selectivo y políticamente motivado del poder administrativo, contrario a los principios de neutralidad institucional, igualdad ante la ley y seguridad jurídica. A su juicio, la resolución resulta además lesiva de derechos fundamentales como la libertad de asociación y la libertad de expresión, al afectar de forma directa a la actividad cívica de una entidad que actúa legítimamente en el espacio público español.

Mediante decreto de 28 de enero de 2026, el Tribunal Central de Instancia, Sección de lo Contencioso-Administrativo, acordó la admisión a trámite del recurso, que se sustanciará por el procedimiento ordinario. El tribunal reconoció la plena validez de la comparecencia de ACOM y ordenó a la AEAT la remisión del expediente administrativo completo.

La resolución judicial confirma que el recurso cumple todos los requisitos legales exigidos y abre la vía para el examen judicial de la actuación administrativa impugnada. Para ACOM, este paso resulta clave para frenar lo que considera una actuación desproporcionada y contraria al marco constitucional.

La asociación enmarca la actuación de la Agencia Tributaria en un contexto político que califica de profundamente preocupante, marcado, según ACOM, por una deriva ideológica del Gobierno de Pedro Sánchez que habría normalizado el señalamiento institucional y la hostilidad política contra quienes combaten el antisemitismo y denuncian la radicalización de la política exterior española.

Esta deriva, sostiene la entidad, se manifiesta en la ruptura de consensos históricos, en la adopción acrítica de narrativas ideológicas promovidas por actores hostiles a las democracias occidentales y en una disposición alarmante a tensionar el marco constitucional y comprometer los intereses estratégicos de España mediante el uso de instrumentos del Estado con fines ideológicos.

Desde la asociación advierten que "ningún Gobierno democrático puede utilizar las instituciones del Estado —y en particular la Agencia Tributaria— como herramientas de presión política o castigo ideológico, ni convertir el poder administrativo en un mecanismo de intimidación contra la sociedad civil organizada". En este sentido, consideran que la admisión a trámite del recurso constituye un primer paso esencial para que los tribunales examinen el fondo del asunto y frenen una dinámica que califican de peligrosa.

ACOM ha señalado que continuará defendiendo, tanto en los tribunales como en el espacio público, el Estado de Derecho, la igualdad ante la ley y las libertades fundamentales, así como la lucha contra el antisemitismo y la defensa de los intereses y valores democráticos de España ▪