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Tras un recurso de ACOM

Sentencia judicial anula el boicot discriminatorio del Ayuntamiento de Casares contra Israel

Un juzgado de Málaga anuló acuerdos municipales que promovían boicot y discriminación contra Israel, imponiendo costas por mala fe y extralimitación de competencias.
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Actualizado el 12/6/2025, 19:46 hs.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Málaga emitió el pasado 5 de junio de 2025 una sentencia contundente que ha declarado nulos varios acuerdos adoptados por el Ayuntamiento de Casares, en la provincia de Málaga, relacionados con una campaña de boicot contra Israel.

La resolución judicial responde al recurso presentado por la Asociación contra el Antisemitismo y la Discriminación (ACOM), que impugnó los acuerdos municipales por considerarlos discriminatorios y fuera del ámbito de competencia local.

El origen del conflicto se sitúa en un acuerdo municipal aprobado por el equipo de gobierno local, integrado por Izquierda Unida y apoyado por el PSOE, que declaraba a Casares como "Espacio Libre de Apartheid Israelí". Además, el Ayuntamiento se adhirió a la campaña internacional BDS (Boicot, Desinversiones y Sanciones) contra Israel, medida que incluía la introducción de cláusulas en los pliegos de condiciones de contratos públicos y subvenciones. Estas cláusulas obligaban a los licitadores y beneficiarios a declarar que no estaban "involucrados" con ninguna institución israelí pública o privada.

La sentencia judicial califica esta actuación municipal como una extralimitación manifiesta de sus competencias y una clara violación de derechos fundamentales. En sus considerandos, el tribunal sostiene que "estas cláusulas suponen un carácter evidentemente discriminatorio, vulnerando el principio de igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española, así como los principios de neutralidad que deben regir toda Administración pública".

En palabras del juez, el acuerdo municipal "implica discriminación de terceros, esto es lesión de derechos fundamentales", y señala expresamente que la iniciativa del Ayuntamiento de Casares "de adoptar medidas legales que impidan contratar servicios o comprar productos a empresas israelíes" resulta contraria a la legalidad vigente. Además, declara nulo el acuerdo relativo a la cooperación con el movimiento BDS, lo que implica un revés claro a la política local.

Como consecuencia, el Ayuntamiento de Casares ha sido condenado al pago de las costas procesales, que ascienden a 4.000 euros. La resolución recalca que esta sanción se impone por "temeridad y mala fe", términos que reflejan el carácter improcedente y discriminatorio de la actuación municipal. Estas costas serán sufragadas con fondos públicos.

Desde ACOM, organización que llevó adelante el recurso judicial, celebran la sentencia y la califican como "un refuerzo fundamental a la doctrina establecida por el Tribunal Supremo". En este sentido, subrayan que "cualquier decisión municipal de boicot o exclusión basada en la nacionalidad vulnera el marco jurídico español y los derechos fundamentales de las personas y empresas afectadas".

La asociación también remarcó que esta victoria judicial representa "un compromiso renovado con la igualdad ante la ley y la lucha contra el antisemitismo y la discriminación antiisraelí". Su portavoz manifestó que "frente a la intolerancia y el antisemitismo, no vamos a detenernos nunca".

Este caso pone de relieve los límites legales que tienen los ayuntamientos para adoptar medidas con tintes políticos que puedan afectar derechos constitucionales. El fallo judicial deja claro que la Administración local no puede incurrir en discriminación por razón de nacionalidad, ni participar en campañas internacionales que comprometan la neutralidad que debe caracterizar su gestión pública.

La polémica en Casares se inscribe en un contexto más amplio de tensiones en torno a la campaña BDS y sus efectos en España y Europa, donde la jurisprudencia española ha venido estableciendo límites firmes para evitar exclusiones arbitrarias que atenten contra derechos civiles y comerciales.

Con esta resolución, el juzgado malagueño envía un mensaje contundente sobre el respeto a la legalidad y la convivencia democrática, recordando que la lucha contra el antisemitismo y cualquier forma de discriminación no admite excepciones, ni siquiera en el ámbito municipal ▪

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