El Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA) y su Sección Sindical en Vueling han emitido un comunicado expresando su "respaldo absoluto a la actuación del comandante y de la tripulación" del vuelo VY8166, operado el pasado 23 de julio entre Valencia y París y del que fue desembarcado un grupo de adolescentes judíos en un caso aún por esclarecer.
Según el texto, la intervención de la tripulación fue estrictamente conforme a los procedimientos establecidos y estuvo "amparada por la normativa nacional, europea e internacional en materia de seguridad aérea". La prioridad, aseguran, fue "proteger la integridad de los pasajeros, la tripulación y la aeronave".

En línea con Vueling
El comunicado se mantiene en la línea de la información ofrecida por Vueling en dos comunicados anteriores, y sostiene que un grupo de pasajeros menores de edad incurrió en conductas inaceptables, entre ellas la manipulación de equipos críticos de seguridad como chalecos salvavidas, máscaras y cilindros de oxígeno, lo que representó "un riesgo directo para la seguridad a bordo".
La empresa de campamentos que llevaba al grupo, Kinneret, sigue sosteniendo por su parte que en ningún momento hubo desorden ni insubordinación que justificara una medida tan drástica, como así también lo han declarado dos menores y un testigo ajeno al grupo a varios medios.
El esclarecimiento del caso ha sido solicitado por diversas organizaciones judías y no judías, como así también por el Ministerio de Exteriores de Francia y el Departamento de Estado de EEUU. Al igual que la compañía, el sindicato no parece haber contactado con la parte afectada, que ha iniciado acciones legales contra Vueling por lo que considera un acto de discriminación y de índole antisemita.
Se trata de un caso complejo en el que las versiones sobre lo ocurrido difieren diametralmente.
Desobediencia reiterada
El SEPLA agrega en su nota de prensa que a todo lo descrito anteriormente se sumó una desobediencia reiterada a las instrucciones del personal de cabina, interrumpiendo de forma continuada la demostración de seguridad obligatoria previa al despegue, un procedimiento legal indispensable.
Ante esta situación, asegura el sindicato, la tripulación actuó de forma gradual y proporcional: primero mediante "advertencias verbales claras" y diálogo con los implicados. Solo tras comprobar que la situación no se reconducía, se solicitó la intervención de la Guardia Civil en base al artículo CAT.GEN.MPA.105(a)(4) del Reglamento (UE) 965/2012 y a la Ley de Seguridad Aérea española.
SEPLA recuerda además que el Convenio de Tokio de 1963 faculta al comandante a tomar "las medidas razonables, incluso coercitivas, necesarias para proteger la seguridad de la aeronave, de las personas y de los bienes a bordo".
"No trivializar la gravedad de los hechos"
Desde el sindicato, se rechaza firmemente cualquier intento de trivializar o desviar la atención de la gravedad de los hechos y se insiste en que "las decisiones adoptadas por el comandante estuvieron plenamente justificadas y protegidas por la normativa vigente".
Finalmente, SEPLA hace un llamamiento a las instituciones, medios y opinión pública a abordar el caso con "rigor, seriedad y respeto", evitando alimentar discursos que "puedan cuestionar los fundamentos de la seguridad aérea o la autoridad del comandante, piedra angular del sistema de aviación internacional" ▪