La libertad de expresión nunca había estado tan presente en el debate público como en los últimos años. Las redes sociales, la polarización política, el auge de los extremismos y el incremento del antisemitismo han situado a las democracias occidentales ante un dilema cada vez más complejo: ¿Cómo proteger a las minorías sin poner en riesgo uno de los pilares esenciales del Estado de Derecho?
A esa pregunta ha dedicado los últimos años el abogado judeo-catalán y profesor de derecho constitucional Carles Grima (Calella – Barcelona, 1968), que acaba de defender en la Universidad de Barcelona su tesis doctoral "La interpretación constitucional de los límites a la libertad de expresión derivados del discurso antipluralista – Especial referencia al discurso antisemita" (original en catalán), obteniendo la calificación de Excelente.
Lejos de limitarse a un estudio académico sobre el antisemitismo, la investigación plantea una reflexión mucho más amplia: cómo deben interpretarse constitucionalmente los límites a la libertad de expresión cuando entran en juego los derechos de los grupos minoritarios. Para ello analiza la jurisprudencia española, la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la del Tribunal Supremo de Estados Unidos, buscando criterios que permitan resolver estos conflictos con mayor objetividad.
"No intento ampliar ni restringir la libertad de expresión. Lo que intento es construir parámetros objetivos para saber cuándo puede limitarse y cuándo no", resume Grima durante un entrevista con Enfoque Judío.
Su tesis, dirigida por las Dras. Esther Martín y Enriqueta Expósito, parte de una idea sencilla, aunque jurídicamente compleja: la libertad de expresión ocupa una posición preferente en cualquier democracia y, precisamente por ello, sus límites deben estar perfectamente definidos.
Pregunta.- ¿Qué le llevó a dedicar varios años a investigar este asunto?
Respuesta.- Siempre me ha interesado el Derecho Constitucional y, en particular, la libertad de expresión. Quería estudiar cómo deben resolverse los conflictos cuando este derecho entra en colisión con otros derechos fundamentales, especialmente cuando afectan a colectivos minoritarios.
Para Grima, el debate actual se ha centrado demasiado en decidir qué discursos deben prohibirse y muy poco en determinar con qué criterios jurídicos deben adoptarse esas decisiones: Los jueces deben tener criterios objetivos y argumentar claramente en sus sentencias todo lo que deciden bajo valoraciones subjetivas, que deben ser las mínimas.
Ahí reside, precisamente, la principal aportación de su investigación.

Un debate que va mucho más allá del antisemitismo
Aunque el discurso antisemita constituye el eje de la investigación, Grima insiste en que su tesis no pretende construir un régimen jurídico especial para los judíos. El antisemitismo funciona como un caso de estudio especialmente útil porque permite analizar algunos de los conflictos más delicados entre la libertad de expresión, la dignidad de las personas y la protección de las minorías.
Su conclusión es clara: no todo discurso ofensivo constituye un delito, ni toda expresión incómoda puede ser prohibida por el Estado.
Para el abogado, uno de los problemas del debate actual es que el concepto de "discurso de odio" se ha ampliado hasta abarcar realidades muy diferentes, lo que ha generado una creciente inseguridad jurídica.
"Se habla constantemente de discurso de odio, pero muchas veces no sabemos exactamente qué estamos calificando como tal", explica. "Al final acabamos mezclando fenómenos distintos bajo una misma etiqueta y eso dificulta enormemente la labor de los tribunales".
Por ello, en lugar de partir de conceptos amplios y difusos, propone centrar el análisis en criterios constitucionales objetivos que permitan distinguir cuándo una expresión permanece protegida y cuándo deja de estarlo.
Pregunta.- ¿Cuáles deberían ser esos criterios objetivos?
Respuesta.- "La libertad de expresión tiene unos límites muy claros. No puede utilizarse para incitar directamente a la violencia, para promover la discriminación ni para denigrar jurídicamente a un colectivo. A partir de ahí, lo importante es que esos límites sean objetivos y previsibles, no que dependan de interpretaciones cambiantes".
Todo lo demás, o casi todo, está de sobra. Porque uno de los aspectos más interesantes de la conversación llega cuando Grima explica que el Derecho no puede construirse únicamente sobre percepciones subjetivas: "Si el criterio depende exclusivamente de cómo interpreta el mensaje quien lo recibe o de cuál suponemos que era la intención del autor, estamos creando una enorme inseguridad jurídica".
Precisamente esa preocupación atraviesa toda la tesis.

La crítica a Israel y el antisemitismo
Uno de los asuntos más delicados que aborda la investigación es la relación entre el antisionismo y el antisemitismo, una cuestión que ha cobrado especial actualidad desde el recrudecimiento del conflicto en Oriente Medio tras la masacre de Hamás el 7 de octubre de 2023. Casos como el de la periodista Pilar Rahola -investigada por la Fiscalía por defender a Israel, tras una denuncia de dos activistas de izquierdas que -además- le habían arrojado pintura en 2024 durante una conferencia en La Garriga- exponen la relevancia de la tesis de Grima.
Pero, lejos de ofrecer respuestas categóricas, el jurista defiende que cada caso debe analizarse individualmente.
Pregunta.- ¿Puede criticarse al Estado de Israel sin incurrir en antisemitismo? ¿O viceversa, apoyarlo sin denigrar a los palestinos o incitar a la violencia contra ellos?
Respuesta.- "Por supuesto. La crítica política forma parte de la libertad de expresión. Otra cosa distinta es utilizar esa crítica para demonizar a los judíos, negarles derechos que se reconocen a cualquier otro pueblo -entre ellos el de la autodeterminación- o convertir al conjunto del colectivo judío (E.J. sea dentro o fuera de Israel) en responsable de las decisiones de un Gobierno".
En el caso inverso, sobre la denuncia contra Rahola por supuestamente "incitar a la violencia" contra los palestinos, Grima destaca que "si hay una denuncia hecha y Fiscalía la ha aceptado, es que hay una valoración o interpretación subjetiva de lo que supone incitar a la violencia. Por eso yo en la tesis digo que no puede existir una incitación indirecta; tiene que haber una incitación directa a la violencia".
Por ese motivo, la tesis distingue cuidadosamente entre judeofobia, negacionismo del Holocausto y antisionismo, advirtiendo de que no pueden recibir automáticamente el mismo tratamiento constitucional.
"El Derecho Constitucional no funciona con respuestas automáticas", insiste. "Cada supuesto debe analizarse atendiendo a su contexto, al contenido del mensaje y a sus consecuencias".
Mirar también a Estados Unidos
Uno de los capítulos de la investigación compara el sistema europeo con la jurisprudencia desarrollada por el Tribunal Supremo de Estados Unidos, cuya protección de la libertad de expresión es -por tradición histórica y jurídica- mucho más amplia que la existente en Europa.
Grima aclara que no propone importar sin más el modelo norteamericano, pero sí considera que algunas de sus doctrinas podrían enriquecer el debate jurídico español.
Una de ellas es la denominada "audiencia cautiva", que distingue entre quien puede evitar un mensaje y quien se encuentra obligado a recibirlo.
Pregunta.- ¿"Audiencia cautiva"? ¿A qué se refiere?
Respuesta.- "Introduce un criterio objetivo. No es lo mismo exhibir una pancarta con determinados eslóganes en una plaza pública que colocar exactamente el mismo mensaje en la puerta de una sinagoga cuando los fieles están entrando. En el primer caso cualquiera puede apartar la vista o marcharse; en el segundo, el destinatario no puede evitar recibir ese mensaje. Ese tipo de parámetros ayudan mucho más que intentar averiguar cuál era la intención de quien hablaba".
Para el abogado, incorporar herramientas de este tipo permitiría ofrecer mayor seguridad jurídica sin debilitar la protección de las minorías.
Una llamada a la acción para la comunidad judía
La conversación con Grima no se reduce a los aspectos estrictamente académicos. Conforme avanza la entrevista, el abogado deja a un lado el lenguaje jurídico para lanzar una reflexión dirigida a la propia comunidad judía española.
A su juicio, la lucha contra el antisemitismo no puede depender únicamente de los tribunales o de las administraciones públicas. También requiere una mayor implicación de las propias instituciones judías, especialmente en el ámbito jurídico.
Durante los últimos años, Grima ha asesorado de manera desinteresada a personas que habían sufrido incidentes antisemitas y ha comprobado que muchas veces las víctimas desconocían qué instrumentos legales tenían a su alcance o carecían del apoyo necesario para iniciar un procedimiento.
Pregunta.- ¿Cree que las comunidades judías deberían implicarse más en la defensa jurídica de quienes sufren antisemitismo en España?
Respuesta.- "Sí. Tenemos que hacer autocrítica. Hay casos en los que podríamos estar mucho más presentes. Hay que ayudar a quien ha sufrido un acto antisemita. Si existe un abogado especializado, hay que poner ese conocimiento al servicio de la comunidad".
Grima lamenta que en España no exista todavía una estructura consolidada de asesoramiento jurídico especializado en antisemitismo, algo que, en su opinión, permitiría acompañar mejor a las víctimas y contribuir también al desarrollo de una jurisprudencia más sólida.
Esa reflexión enlaza con otra preocupación que aparece varias veces a lo largo de la conversación: la fragmentación de la propia comunidad judía española.
Sin entrar en polémicas concretas, considera que una mayor coordinación entre las distintas instituciones comunitarias facilitaría la defensa de intereses comunes y reforzaría la respuesta frente a situaciones discriminatorias.

La protección de las minorías en democracia
Las conclusiones de la tesis trascienden el ámbito universitario. Aunque el estudio toma como referencia el discurso antisemita, sus propuestas afectan a cualquier conflicto entre libertad de expresión y derechos fundamentales.
Por un lado, plantea reformar el actual delito de odio para adaptarlo mejor al marco constitucional español. Por otro, propone incorporar a la práctica jurídica criterios desarrollados por la jurisprudencia estadounidense que permitan resolver estos conflictos con mayor objetividad. Y, sobre todo, defiende abandonar interpretaciones excesivamente subjetivas que generan incertidumbre tanto para quienes ejercen la libertad de expresión como para quienes deben aplicar la ley. Reducir y enmendar el articulo 510 del Código Penal en España es, a su juicio, una exigencia urgente dado el clima de polarización que se respira en el país, y a las temáticas que dividen a su sociedad.
En ese sentido, sin embargo, su investigación llega en un momento especialmente delicado para las comunidades judías. El incremento del antisemitismo en Europa, la radicalización del debate público y la velocidad con la que circulan los mensajes en las redes sociales han convertido la libertad de expresión en uno de los grandes desafíos jurídicos de nuestro tiempo.
Frente a quienes reclaman nuevas prohibiciones y frente a quienes sostienen que cualquier discurso debe quedar protegido, Grima propone una tercera vía: construir límites constitucionales claros, objetivos y previsibles.
Pregunta.- Después de tantos años de investigación, ¿con qué idea le gustaría que se quedara el lector?
Respuesta.- "Que la libertad de expresión tiene una posición preferente dentro de una democracia y que sus límites deben estar perfectamente definidos. Cuanto más objetivos sean esos límites, mayor será la seguridad jurídica para todos".
Esa es, probablemente, la principal aportación de una tesis que aspira a salir del ámbito académico para convertirse en una herramienta útil para jueces, abogados, legisladores y también para las propias comunidades judías.
Porque, como recuerda Grima, la fortaleza de una democracia no se demuestra cuando protege las opiniones con las que todos estamos de acuerdo, sino cuando es capaz de defender simultáneamente la libertad de expresión y los derechos de quienes pertenecen a una minoría.
Con la publicación de la investigación en formato de libro —en el que ya trabaja tras la defensa de su tesis—, el abogado catalán espera que ese debate llegue también fuera de las facultades de Derecho. Un debate que, lejos de ser exclusivamente jurídico, afecta a la calidad democrática de nuestras sociedades y a la forma en que estas responden a fenómenos tan preocupantes como el antisemitismo sin renunciar a los principios constitucionales que pretenden proteger ▪
